Concede fondos para la reconstruccion del hospital de San Juan de Dios i terminacion del de San Agustin, de la ciudad de Valparaiso, i deduce el gasto del producto del arrendamiento de tierras fiscales en Magállanes a la Sociedad "Esplotadora de Tierra del Fuego".
Lei núm. 2,774.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de seiscientos mil pesos ($ 600,000), en continuar la reconstruccion del Hospital de San Juan de Dios, de Valparaiso, i la de ochenta i ocho mil ochenta pesos ($ 88,080), en la terminacion del Hospital de San Agustin, del mismo puerto.
Estas cantidades se deducirán del producto de la primera cuota de los arrendamientos de la Tierra del Fuego, efectuados con la Sociedad Esplotadora de Tierra del Fuego, en conformidad a la lei número 2,753, de 28 de Enero de 1913, i al decreto núm. 841 bis, de 7 de Mayo último, del Ministerio de Relaciones Esteriores, Culto i Colonizacion.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 25 de Junio de 1913.- Ramon Barros Luco.- Manuel Rivas Vicuña.