Concede derecho a jubilar a don Néstor Sánchez.
Lei núm. 2,776.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- En atencion a los servicios prestados por el Secretario de la Cámara de Diputados, don Néstor Sánchez, que se encuentra imposibilitado para continuar en el desempeño de sus funciones, concédese el derecho de jubilar con el sueldo íntegro asignado a su empleo.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 9 de Julio de 1913.- Ramon Barros Luco.- Manuel Rivas Vicuña.