MODIFICA DECRETO Nº 445, DE 2002

    Santiago, 8 de noviembre de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 919.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto de Justicia Nº 445, de 3 de mayo de 2002, en el artículo 32 Nº 12 de la Constitución Política de la República y en los artículos 14, 15, 18, 19 y 21 inciso primero de la ley Nº 18.175,

    Considerando:

    Que mediante decreto de Justicia Nº445, de 3 de mayo de 2002, tomado razón por la Contraloría General de la República el 29 de mayo del mismo año y publicado en el Diario Oficial de 4 de julio de 2002, se nombró a don Patricio Octavio Fernando Díaz Puelma como Síndico Privado de Quiebras, para desempeñarse en las Regiones Quinta y Metropolitana.
    Que a través de presentación de 5 de agosto de 2004, el síndico anteriormente individualizado requiere extender el ejercicio de sus funciones a todas las regiones del país.
    Que en virtud del oficio ordinario Nº1.346, de 30 de agosto de 2004, el Sr. Superintendente de Quiebras, remite la solicitud presentada por el interesado, informando que ésta se encuentra ajustada a la legislación vigente.

    Decreto:

    Modifícase el párrafo primero del decreto de Justicia Nº 445, de 3 de mayo de 2002, en el sentido de dejar establecido que don Patricio Octavio Fernando Díaz Puelma (RUN Nº8.951.230-1), Síndico Privado de Quiebras, ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional.
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.