Concede fondos para la construccion de muros cortafuegos en los Almacenes Jenerales del Ejército i para la adquisicion de un ascensor.
Lei núm. 2,785.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de $ 47,154 en la adquisicion de un ascensor eléctrico i en la construccion de cuatro muros corta-fuego en los Almacenes Jenerales del Ejército.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 26 de Julio de 1913.- Ramon Barros Luco.- Jorje Matte.