Dispone que el item de $ 14,000 que consulta la lei de presupuestos para adquisicion de instrumentos, camas etc. para el Hospital de La Ligua, se destinará, tambien, a la construccion de una sala de maternidad.
Lei núm. 2,788.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- La cantidad de catorce mil pesos que consulta el item 4,140 de la partida 28 del Presupuesto del Ministerio del Interior, se invertirá en la construccion de una sala de maternidad en el Hospital de La Ligua; adquisicion de instrumentos, camas i otros elementos para la misma.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 31 de Julio de 1913.- RAMON BARROS LUCO.- Manuel Rivas Vicuña.