Autoriza el pago del 6% de interes sobre las cantidades que se devuelvan a don Aureliano Burr Sánchez, como sucesor de los derechos de don Alejo Gumpertz a la hijuela N.° 107 del plano de Cancura rematada ante la Junta de Almoneda de Valdivia.
Lei núm. 2,794.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para pagar el interes legal determinado por el artículo 2.207 del Código Civil sobre las cantidades que se devuelvan a don Aureliano Burr Sánchez, como sucesor de los derechos de don Alejo Gumpertz sobre la hijuela N.° 107 del plano de Cancura, rematada ante la Junta de Almoneda de Valdivia el 28 de Diciembre de 1894, en conformidad a las disposiciones del decreto de 16 de Noviembre del mismo año.
Los intereses se computarán desde la fecha del pago de las cantidades respectivas en arcas fiscales.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 6 de Agosto de 1913.- RAMON BARROS LUCO.-
E. Villegas E.