REGULA EXAMEN DE MINISTERIO DE SALUD MEDICINA PREVENTIVA
Núm. 1.079 exenta.- Santiago, 24 de noviembre de 2004.- Visto: estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 33, 34 N° 2 y tercero transitorio de la ley N° 19.966, en el artículo 8° de la ley N° 18.469 y en el artículo 35 de la Ley 18.933; en los artículos 14 y 15 del decreto N° 170 de 2004, del Ministerio de Salud; las facultades que me otorgan los artículos 4° y 6° del decreto ley N° 2.763 de 1979 y lo establecido en la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
- La necesidad de realizar exámenes de salud para la prevención y control del daño y mortalidad de problemas de salud priorizados en el documento "Los Objetivos Sanitarios para la Década 2000 - 2010" - La información científica cuya evidencia hace recomendable su aplicación a población específica;
- Que existe terapia adecuada en los problemas de salud identificados y que su aplicación es costo - efectiva; dicto la siguiente
Resolución :
Artículo 1°.- El examen de medicina preventiva, establecido en el artículo 8° de la ley N° 18.469, a que tienen derecho los beneficiarios de dicha ley y de la ley N° 18.933, estará constituido por un plan periódico de monitoreo y evaluación de la salud a lo largo del ciclo vital que tiene por objeto reducir la morbimortalidad o sufrimiento, debido a aquellos problemas de salud, es decir enfermedades o condiciones prevenibles o controlables, que formen parte de las prioridades sanitarias, mediante su detección temprana en los beneficiarios.
Artículo 2°.- Inclúyanse en el examen de medicina preventiva los siguientes problemas de salud, respecto de los cuales se señalan los procedimientos, contenidos, frecuencia y plazo del examen:
I.- PREVENCION DE PROBLEMAS DE SALUD EN LA POBLACION GENERAL
1. FENILCETONURIA
Definición: La fenilcetonuria (PKU) es un trastorno hereditario caracterizado por un déficit de la enzima fenilalanina hidroxilasa, produciendo la acumulación del amino ácido, provocando daño neurológico progresivo y finalmente retardo mental. Examen:
- Objetivo: Detectar precozmente en recién nacidos la enfermedad metabólica fenilcetonúrica.
El diagnóstico precoz en el periodo de recién nacido (RN menor de 15 días) permite la restricción dietaria de fenilalanina, evitando el daño irreversible.
- Intervención: Determinación de fenilalanina en sangre.
- Frecuencia: Una vez, dentro de los 15 días desde el nacimiento.
- Beneficiario: Recién nacido.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre (micro método).
- Descripción del método: La muestra se obtiene por punción del talón del RN con lanceta estéril, desechable (2.0 a 2.4 mm profundidad), recolectándose la gota de sangre directamente en la tarjeta con papel filtro, dentro de los círculos demarcados.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
2. HIPOTIROIDISMO CONGENITO
Definición: El hipotiroidismo congénito se caracteriza por ausencia o desarrollo anormal de la glándula tiroides o falla de la estimulación de la misma por la hipófisis y/o por la síntesis anormal de las hormonas tiroideas, provocando retardo mental severo y retardo del crecimiento y desarrollo. Examen:
- Objetivo: Detectar precozmente recién nacidos con riesgo de hipotiroidismo, para prevenir el daño a través del tratamiento con terapia hormonal de reemplazo.
- Intervención: Determinación de TSH en sangre.
- Frecuencia: Una vez, dentro de los 15 días desde el nacimiento.
- Beneficiario: Recién nacido.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre (micro método).
- Descripción del método: La muestra se obtiene por punción del talón del RN con lanceta estéril, desechable (2.0 a 2.4 mm profundidad), recolectándose la gota de sangre directamente en la tarjeta con papel filtro, dentro de los círculos demarcados.
- Profesional responsable: Médico, Enfermera, Matrona, Enfermera- matrona.
3. BEBEDOR PROBLEMA Definición: El alcoholismo es una enfermedad marcada por el consumo incontrolado de bebidas alcohólicas a un nivel que interfiere con la salud física o mental del individuo y con sus responsabilidades sociales, familiares u ocupacionales.
Examen:
- Objetivo: Detectar precozmente a las personas bebedoras problema.
- Intervención: Escala Breve para detección del Bebedor Anormal (EBBA) y consejería - Frecuencia: Una vez, cada 2 años.
- Beneficiario: Personas de 15 a 64 años. Procedimiento:
- Descripción del método: Cuestionario.
- Profesional responsable: Médico, Enfermera, Matrona, Enfermera-matrona.
4. HIPERTENSION ARTERIAL
Definición: Se considera hipertensa a toda persona que mantenga cifras de presión arterial (PA) persistentemente elevadas, iguales o superiores a 140/ 90 mm Hg.
Examen:
- Objetivo: Prevención primaria de morbimortalidad por enfermedades cardiovasculares.
- Intervención: Medición de Presión Arterial Estandarizada.
- Frecuencia: Una vez, cada 2 años.
- Beneficiario: Personas de 15 a 64 años. Procedimiento:
- Descripción del método: Técnica indirecta de medición de la presión arterial.
La técnica auscultatoria, mediante la insuflación de un manguito sobre alguna arteria de grueso calibre (habitualmente la braquial). Al desinflar el manguito vuelve a reaparecer el pulso, el que se detecta con un fonendoscopio. El diagnóstico de hipertensión arterial se hace a través de 2 mediciones consecutivas (en el momento), las cuales se repiten dentro de los próximos 15 días con un mínimo de 48 horas de diferencia con la primera, de preferencia a la misma hora.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona o personal calificado del área de la salud.
5. TABAQUISMO Definición: El tabaquismo es una enfermedad crónica que se caracteriza por la adicción a la nicotina. La nicotina es una droga que induce aumento de la tolerancia (se necesitan dosis crecientes para obtener efecto), dependencia física y psicológica (se traduce en consumo prolongado en el tiempo). Su abstinencia produce diversos síntomas conocidos como síndrome de privación.
Examen:
- Objetivo: Prevención primaria de enfermedades cardiovasculares, pulmonares, cáncer (oral, pulmonar, de vejiga) que tengan como origen la adicción al tabaco. - Intervención: Cuestionario Estandarizado. - Frecuencia: Una vez, cada 2 años. - Beneficiario: Personas de 15 a 64 años. Procedimiento:
- Descripción del método: Cuestionario.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
6. OBESIDAD Definición: La obesidad se debe a un desbalance energético originado fundamentalmente por una ingesta calórica superior a la requerida, lo que trae como consecuencia un exceso de grasa en el organismo que puede ser perjudicial para la salud; sin embargo, el nivel de exceso, la distribución corporal de la grasa y las consecuencias asociadas a la salud varían en forma considerable entre individuos obesos.
Examen:
- Objetivo: Reducir la morbilidad directa y morbimortalidad asociada a la obesidad, como son la hipertensión arterial, hipercolesterolemia, hiperglicemia, artrosis y trastornos psicomotores.
- Intervención: Medición de Peso y Talla y Cálculo Indice de Masa Corporal.
- Frecuencia: Una vez, cada 2 años.
- Beneficiario: Personas de 15 a 64 años.
Procedimiento:
- Descripción del método: Se pesa y mide a la persona y se calcula la relación entre peso y talla para determinar el Indice de Masa Corporal (IMC=P/T²).
- Profesional responsable: Cualquier integrante del equipo de salud capacitado en la técnica.
7. DISLIPIDEMIA
Definición: Las dislipidemias son un conjunto de patologías caracterizadas por alteraciones en las concentraciones de los lípidos sanguíneos, componentes de las lipoproteínas circulantes, a un nivel que significa un riesgo para la salud. Es un término genérico para denominar cualquier situación clínica en la cual existan concentraciones anormales de colesterol: colesterol total (Col-total), colesterol de alta densidad (Col-HDL), colesterol de baja densidad (Col-LDL) o triglicéridos (TG).
Examen:
- Objetivo: Reducir el riesgo de enfermedad cardiovascular.
- Intervención: Examen de Colesterol Total.
- Frecuencia: Una vez, cada 2 años.
- Beneficiario: Hombres de 35 a 64 años, y Mujeres de 45 a 64 años.
Procedimiento:
- Descripción del método: Examen de sangre en ayunas.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
8. CANCER CERVICOUTERINO:
Definición: Es una alteración celular que se origina en el epitelio del cuello del útero y que se manifiesta inicialmente a través de lesiones precursoras de lenta y progresiva evolución, que se pueden suceder en etapas de displasia leve, moderada y severa. Evolucionan a cáncer in situ (circunscrito a la superficie epitelial) y/o a cáncer invasor, en que el compromiso traspasa la membrana basal.
Examen:
- Objetivo: Prevenir la morbimortalidad por cáncer cervicouterino - Intervención: Examen de Papanicolaou (PAP) o citología exfoliativa cervical.
- Frecuencia: Una vez,cada 3 años.
- Beneficiario: Mujeres de 25 a 64 años. Procedimiento:
- Tipo de muestra: Secreción exo-endo cervical.
- Descripción del método: La prueba de Papanicolaou es un examen citológico cuya finalidad es detectar células cervicouterinas anormales. El procedimiento consiste en efectuar un raspado de las células del cuello del útero (exo y endocérvix) y fijarlas en un porta objetos.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
9. CANCER DE MAMA
Definición: Es el crecimiento anormal y desordenado de células del epitelio de los conductos o lobulillos mamarios y que tienen capacidad de diseminarse a cualquier sitio del organismo.
Examen:
- Objetivo: Reducir la morbimortalidad por cáncer de mama en población de riesgo.
- Intervención: Mamografía.
- Frecuencia: Una vez, a los 50 años.
- Beneficiario: Mujeres de 50 años.
Procedimiento:
- Descripción del método: Es una imagen de rayos X de las mamas usado para identificar lesiones benignas o malignas. Permite identificar las lesiones antes de que estas sean palpables.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
II. PREVENCION DE PROBLEMAS DE SALUD EN POBLACION DE RIESGO
1. DIABETES MELLITUS
Definición: Es un desorden metabólico crónico caracterizado por niveles persistentemente elevados de glucosa en la sangre, como consecuencia de una alteración en la secreción y/o acción de la insulina.
La Diabetes Mellitus tipo 1 (DM1) se caracteriza por destrucción de las células beta pancreáticas, que se traduce en un déficit absoluto de insulina y dependencia vital a la insulina exógena.
La Diabetes Mellitus tipo 2 (DM2) se caracteriza por resistencia insulínica, que habitualmente se acompaña de un déficit relativo de insulina.
Examen:
- Objetivo: Prevenir daño y prolongar años de vida libres de sintomatología en mujeres.
- Intervención: Glicemia en ayunas.
- Frecuencia: Una vez, durante el embarazo, a contar de las 20 semanas de gestación.
- Beneficiario: Embarazadas con factores de riesgo.
Procedimiento:
- Descripción del método: Examen de sangre en ayunas.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
2. TUBERCULOSIS
Definición: Es una enfermedad causada por el
Mycobacterium tuberculosis (Bacilo de Koch), cuya infección inicial suele ser asintomática, pudiendo evolucionar a TBC pulmonar o, por diseminación linfohematógena del bacilo, causar infección en cualquier órgano (TBC extrapulmonar).
Examen:
- Objetivo: Prevenir la transmisión del Bacilo de Koch a población susceptible.
- Intervención: Baciloscopía.
- Frecuencia: Una vez al año.
- Beneficiario: Personas de 15 a 64 años con síntomas respiratorios por 15 días o más.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Secreción bronquial.
- Descripción del método: Obtener muestra del árbol bronquial, muco purulenta, recogida después de un esfuerzo de tos y no sólo de la faringe o por aspiración de secreciones nasales o saliva. Se requieren 2 muestras en días sucesivos.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
3. INFECCION POR VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA
Definición: La infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) tipo 1 o tipo 2, se caracteriza clínicamente por una infección asintomática durante un período variable de hasta alrededor de 8 años debido a equilibrio entre replicación viral y respuesta inmunológica del paciente. Posteriormente se rompe este equilibrio aumentando la carga viral y deteriorándose la función inmune, lo que permite la aparición de diversas infecciones, clásicas y oportunistas, y tumores con lo que se llega a la etapa de Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Examen:
- Objetivo: Detección precoz de la infección por VIH en personas con conductas u otros factores de riesgo.
- Intervención: Test de Elisa de tamizaje y confirmatorio con consejería pre y post examen.
- Frecuencia: Una vez durante el embarazo, a contar del primer trimestre.
- Beneficiario: Embarazadas con factores de riesgo. Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Test de Elisa de tamizaje y confirmatorio con consejería pre y post examen.
Si esta prueba es positiva, se debe confirmar con una segunda prueba llamada Western Blot, para descartar falsos positivos.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
4. SIFILIS
Definición: La sífilis es una infección que se adquiere por contacto sexual, vía transplacentaria, transfusión de sangre fresca o inoculación directa.
Su agente causal es el Treponema pallidum, es una espiroqueta, anaerobio estricto, que por sus características microbiológicas específicas no ha logrado cultivarse in vitro ni diferenciarse por marcadores inmunológicos, estructurales o metabólicos. Se multiplica por fisión en un período de 33 horas y su poder patógeno es por invasividad e hipersensibilidad tipo III y IV.
Examen:
- Objetivo: Detección precoz de la infección por sífilis en personas con conductas u otros factores de riesgo.
- Intervención: Examen de VDRL en sangre.
- Frecuencia: Una vez, durante el embarazo a contar
del primer trimestre, y para el resto de los beneficiarios con conductas u otros factores de riesgo una vez al año.
- Beneficiario: Embarazadas y personas con conductas u otros factores de riesgo.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra : Sangre venosa.
- Descripción del método: Examen de tamizaje que mide los anticuerpos reagínicos que resultan de la interacción de la bacteria Treponema pallidum y los tejidos del paciente.
- Profesional responsable: Médico, Matrona, Enfermera, Enfermera-matrona.
Artículo 3°.- Para los efectos de la presente resolución, se entenderá por:
a) Beneficiarios: Personas que sean beneficiarios de la ley N° 18.469 o que sean afiliados o beneficiarios de la ley N° 18.933.
b) Población de Riesgo: es aquella en que el problema de salud depende de factores de riesgo asociados a antecedentes familiares, genéticos u otros distintos a la edad o sexo, y que es mayor que en la población general.
c) Población General: es aquella cuyos factores de riesgo dependen de la edad y/o sexo de los beneficiarios.
d) Prestador o Prestadores de salud: personas naturales o jurídicas que ejecutan acciones de salud, tales como consultorios, consultas, centros médicos, hospitales o clínicas, que formen parte de la Red de Prestadores.
e) Problema de Salud: enfermedad, condición de salud o programa determinado en el artículo 2°.
f) Red de Prestadores: Conjunto de prestadores de salud que en virtud de la ley o el contrato entregan las prestaciones comprendidas dentro del examen de medicina preventiva, a los beneficiarios del Fonasa o las Isapres.
El Fonasa otorgará dichas prestaciones a través de la Red Asistencial de cada Servicio de Salud y con los demás prestadores que hubieren celebrado convenio con dicho organismo. Las Isapres otorgarán las prestaciones a través de los prestadores que para tales efectos determinen dichas Instituciones y que deberán constar en el respectivo contrato del afiliado.
Artículo 4°.- Respecto de cada examen indicado en el artículo 2, el Ministerio de Salud dictará las normas técnicas necesarias, de carácter obligatorio, para la realización de los exámenes específicos, con el objeto de uniformar los criterios de ejecución, medición y validación de los exámenes, y a la vez permitir la evaluación del cumplimiento de los objetivos sanitarios esperados.
Artículo 5°.- El Fondo Nacional de Salud y las Instituciones de Salud Previsional deberán otorgar a sus beneficiarios las prestaciones asociadas al examen de medicina preventiva, en la forma y condiciones señaladas en esta resolución, en la ley N° 18.469 y su reglamento, y en las normas técnicas complementarias.
Artículo 6°.- Para que los beneficiarios tengan derecho al examen de medicina preventiva establecido en esta resolución, será necesario que se cumplan los siguientes requisitos o condiciones:
1) Que se trate de un examen incluido en el artículo 2° de esta resolución
2) Que el beneficiario sea de aquellos a quienes dicho artículo 2° haya considerado para tener derecho al examen de que se trate.
3) Que el examen se otorgue en la Red de Prestadores.
Artículo 7°.- Los exámenes señalados en el artículo 2° precedente se otorgarán exclusivamente a través de la Red de Prestadores del Fonasa y de las Isapre, según corresponda.
Los prestadores deberán estar ubicados en el territorio nacional, sin perjuicio de lo que se estipule en el contrato de salud previsional. Los contratos que contemplen la ejecución de prestaciones en el extranjero, deberán ajustarse a las instrucciones que dicte la Superintendencia de Salud.
Artículo 8°.- La presente resolución entrará en vigencia el día primero del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Pedro García Aspillaga, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Usted, Antonio Infante Barros, Subsecretario de Salud Pública.