MODIFICA RESOLUCION Nº 291 EXENTA, DE 2004
Núm. 28 exenta.- Temuco, 27 de enero de 2005.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.040, la ley Nº 18.059, en el artículo 3º del DS Nº 212/1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, resolución exenta Nº 291, de fecha 2 de agosto de 2004, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la IX Región de la Araucanía y demás normativa vigente aplicable.
Considerando:
Que por resolución exenta Nº 291, de fecha 2 de agosto de 2004, se estableció el plazo de vigencia del certificado de inscripción en el Registro Nacional para servicios que indica.
Que atendido a que se está implementando un nuevo sistema de Registro Nacional de Servicio de Transporte Público de Pasajeros de la IX Región, resulta conveniente modificar la vigencia del certificado de inscripción, de los servicios que ya estuvieren inscritos en dicho registro,
Resuelvo:
Modifícase la resolución exenta Nº 291, de fecha 2 de agosto de 2004, citada en el Visto, en el sentido de reemplazar en el inciso final del numeral uno de dicha resolución, después de la coma, la expresión "será hasta el 30 de enero de 2005" por "será hasta el 30 de enero de 2006" ; y de reemplazar después de la coma, la expresión "será hasta el 28 de febrero de 2005" por "será hasta el 28 de febrero de 2006".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Nelson Gabriel Fierro Pino, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (S) IX Región de la Araucanía.