LEY NUM. 15.961
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA HERMINIA OLAVARRIA CARMONA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Herminia Olavarría Carmona una pensión de setenta escudos (Eº 70) mensuales, sin perjuicio de la pensión de que disfruta.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.