LEY NUM. 15.981

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON DANIEL SOLE FERREIRA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley
    Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Daniel Solé Ferreira una pensión de setenta y cinco escudos mensuales.
    El gasto que represente la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a nueve de Diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.