LEY NUM. 15.971

AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DON RAMON SEPÚLVEDA OPAZO

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Auméntase, por gracia, a veinticinco mil pesos mensuales, la pensión de que disfruta don Ramón Sepúlveda Opazo por ley número 13.230, de 22 de Noviembre de 1958.
    Al fallecimiento de don Ramón Sepúlveda Opazo, continuará percibiendo esta pensión su hija Isabel Gema Sepúlveda Araya.

    El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a nueve de Diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.