MODIFICA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA BELLSOUTH CHILE S.A.
Santiago, 27 de diciembre de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 756.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b) La ley Nº18.168, Ley General de Telecomunicaciones.
c) La resolución Nº55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
d) El decreto supremo Nº20 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
e) La resolución exenta Nº1.516 de 17.11.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°61.078 de 01.09.2004.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Bellsouth Chile S.A., RUT Nº96.672.160-K, con domicilio en Avenida El Bosque Sur Nº90, piso 12,comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Rectificar las coordenadas geográficas y direcciones de las radioestaciones denominadas Parral, Quilipín y San Carlos, autorizadas por el decreto supremo Nº468 de 1999 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quedando como se indica:
Radioestación Dirección, Región Coordenadas
comuna Geográficas
Lat. Sur Long. Oeste
Parral Fundo El
Tunal, Parral 7 36°08'31" 71°48'30"
Quilipín Cerro Quilipín,
Villa Alegre 7 35°44'12" 71°38'27"
San Carlos Lote Nº2, de
la Parcela 3,
San Carlos 8 36°25'39" 71°56'43"
1.2 Instalar, operar y explotar un radioenlace, cuyas características se indican a continuación:
Asignación de Frecuencias
Estación A Estación B
Estación Frecuencia Frecuencia
Tx de A -> B Estación Tx de B -> A
(MHz) (MHz)
Walker
Martínez 23.035,00 Vizcachas 21.835,00
Características Técnicas
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 03.02.2005. PAGINA 31 Ubicación
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 03.02.2005. PAGINA 31 2. Los plazos máximos son los que se indican a continuación:
Etapa Inicio Término Inicio
Obras Obras Servicio Observación
1 1 11 12
mes meses meses Todos estos plazos
están referidos a
la fecha de
publicación, en el
Diario Oficial del
presente decreto.
3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. La autorización provisoria otorgada por resolución indicada en la letra e) de los Vistos, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
5. La concesionaria podrá prestar inmediatamente los servicios propios de su concesión, sólo si a la referida fecha de publicación, la Subsecretaría hubiere recibido conforme las instalaciones y obras.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.