Libera de derechos de internacion los instrumentos, aparatos de desinfeccion etc. etc. para la Asistencia i Desinfectorio Público de Los Anjeles.
    Lei núm. 2,858.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.-Se autoriza al Presidente de la República para eximir de derechos de internacion los aparatos de desinfeccion, mesas de operaciones, instrumentos de cirujia, medicamentos i específicos destinados a instalar el establecimiento de Asistencia i Desinfectorio Público de Los Anjeles.
    El monto de los referidos derechos no podrá exceder de cinco mil pesos oro de dieciocho peniques.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 29 de Enero de 1914.-RAMON BARROS LUCO.-Rafael Orrego