Concede fondos para pagar cuentas pendientes del Ministerio de Justicia.
Lei núm. 2,859.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.-Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad de ciento sesenta i seis mil doscientos cuarenta i un pesos dieciseis centavos ($ 166,241.16), en la cancelacion de cuentas de años anteriores que existen pendientes en el Ministerio de Justicia.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago. 30 de Enero de 1914.-RAMON BARROS LUCO.-Enrique A. Rodríguez.