Autoriza la inversion del saldo de la suma concedida por lei núm. 2,270 en pagar gastos de la Escuela Militar de Aeronáutica i construcciones en el Cuartel de Artillería de Costa i en los Almacenes de Subsistencias del Ejército.
    Lei núm. 2,871.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que, de la suma de $ 500,000, concedida por lei núm. 2,770 de 11 de Febrero de 1913, pueda invertir el saldo de $ 120,655.21, en los siguientes servicios:
1.°- Para pagar los gastos hechos en el
    sostenimiento de la Escuela Militar de
    Aeronáutica durante el año 1913___________$49,946
2.°- Para pagar el saldo que se debe por las
    construcciones hechas en el cuartel de
    Artillería Chorrillos de guarnicion en
    Talca_____________________________________ 27,821
3.°- Para la continuacion de los Almacenes de
    Subsistencias del Ejército________________ 42,888.21

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 9 de Febrero de 1914.- RAMON BARROS LUCO.- Ramon Corbalan Melgarejo