ART. 43 El 15 de Marzo i el 15 de Setiembre de cada año, el notario conservador de bienes raíces formará una lista alfabética de apellidos de los ciudadanos inscritos en los rejistros electorales de cada subdelegacion i seccion del rejistro. En estas listas se pondrá el nombre, apellido paterno y materno, profesion u oficio i residencia de los inscritos i el número de la inscripcion.
    La lista se publicará durante los quince dias siguientes en algún diario o periódico del departamento, o a falta de éste, en alguno de la cabecera de la provincia, si lo hubiere, por tres veces cada siete dias; i, en todo caso, se fijará en carteles en el oficio del notario conservador de bienes raíces, quien cuidará que estos carteles permanezcan fijados diariamente, bajo la pena que determina esta lei.