ART. 88 Las publicaciones ordenadas en este título se harán por tres dias en Santiago en el Diario Oficial i en las demas poblaciones en el diario o periódico mas antiguo de la localidad.
Si ningun propietario de diario o periódico de la localidad se allanare a hacer las publicaciones por un precio que no exceda en mas de un veinte por ciento a su costo, se hará ésta por carteles que permacerán fijados por diez dias en las puertas de la Sala del Juzgado del Crimen, de la Sala Municipal i del edificio del notario conservador.