LEY NUM. 16.017
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA OLGA DIAZ VIUDA DE ACEVEDO Y SU HIJA MARIA EUGENIA ACEVEDO DIAZ
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfruta doña Olga Díaz viuda de Acevedo y su hija María Eugenia Acevedo Díaz a cuarenta escudos mensuales para cada, con derecho de acrecer entre ellas.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a dieciocho de Diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.