Concede fondos para la publicacion de las sesiones del Senado i para gastos jenerales de esta corporacion.
Lei núm. 2,930.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Comision de Policía Interior del Senado para invertir hasta la cantidad de quince mil pesos ($ 15,000) en la version i publicacion rápida de las sesiones de esta Cámara en la prensa diaria de Santiago i a la de veintiun mil pesos ($ 21,000) en los gastos jenerales de Sala i Secretaría.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 12 de Setiembre de 1914.- RAMON BARROS LUCO.- Eduardo Charme.