Prorroga por seis meses la autorizacion conferida al Presidente de la República para conceder un anticipo a los productores de salitre que se comprometan a no paralizar la esplotacion de sus Oficinas con motivo de la Guerra Europea.
Lei núm. 2,969.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Prorrógase, por seis meses, la autorizacion dada al Presidente de la República por la lei número 2,918, de 12 de Agosto del presente año.
Esta lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
Santiago, a 4 de Enero de 1915.- RAMON BARROS LUCO.- Alberto Edwards.