Artículo 81.- No obstante, laLey 18.834,
Art. 75. autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación, en los siguientes casos:
Art. 75. autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación, en los siguientes casos:
a) En los cargos de exclusiva confianza, y
b) Cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.