MODIFICA ORDENANZA Nº98, DE 2004
Núm. 25 Secc. 2ª.- Santiago, 10 de marzo de 2005.
Decreto:
1.- Modifícase la Ordenanza Nº98, de fecha 8 de
octubre de 2004, sobre Zonificación y Horarios de
Funcionamiento de los Negocios de Expendio y Consumo de
Bebidas Alcohólicas del Barrio Universitario de
Santiago, en el sentido de que se reemplaza el texto
actual del Artículo 2º por el siguiente:
Artículo 2º.- No podrán instalarse establecimientos de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas clasificadas en la letra D (Cabarés o Peñas Folklóricas), E (Cantinas, Bares, Pubs y Tabernas), o (Salones de Bailes o Discotecas) del Artículo 3º de la ley Nº19.925 y locales que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del respectivo local categorías A (Depósitos de Bebidas Alcohólicas), H (Minimercados de Bebidas Alcohólicas) en la siguiente zona:
Por el Norte : calle Sazié ambos costados
Por el Sur : calle Gay ambos costados
Por el Oriente : calle Vergara ambos costados
Por el Poniente: calle Echaurren ambos costados
Raúl Alcaíno Lihn, Alcalde de Santiago.- Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud. para los fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.