MODIFICA ORDENANZA Nº98, DE 2004

    Núm. 25 Secc. 2ª.- Santiago, 10 de marzo de 2005.

    Decreto:

    1.- Modifícase la Ordenanza Nº98, de fecha 8 de
octubre de 2004, sobre Zonificación y Horarios de
Funcionamiento de los Negocios de Expendio y Consumo de
Bebidas Alcohólicas del Barrio Universitario de
Santiago, en el sentido de que se reemplaza el texto
actual del Artículo 2º por el siguiente:

    Artículo 2º.- No podrán instalarse establecimientos de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas clasificadas en la letra D (Cabarés o Peñas Folklóricas), E (Cantinas, Bares, Pubs y Tabernas), o (Salones de Bailes o Discotecas) del Artículo 3º de la ley Nº19.925 y locales que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del respectivo local categorías A (Depósitos de Bebidas Alcohólicas), H (Minimercados de Bebidas Alcohólicas) en la siguiente zona:

Por el Norte  :  calle Sazié ambos costados
Por el Sur    :  calle Gay ambos costados
Por el Oriente :  calle Vergara ambos costados
Por el Poniente:  calle Echaurren ambos costados


    Raúl Alcaíno Lihn, Alcalde de Santiago.- Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para los fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.