Autoriza a la Municipalidad de Santiago para contratar un empréstito interno o para prorrogar por un año la cuenta corriente que contrató a virtud de la lei número 2,817.
Lei núm. 3,035.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Santiago para contratar, a un año plazo, un préstamo por un millon de pesos ($ 1.000,000) en el Banco de Chile o en otra institucion bancaria o prorrogar por igual tiempo la cuenta corriente que contrató a virtud de la lei númmero 2,817 de 12 de Noviembre de 1913 i en conformidad a las disposiciones de esa misma lei.
La I. Municipalidad consultará en el Presupuesto que debe formar en el año venidero fondos para amortizar la cuenta corriente.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 6 de Noviembre de 1915.- RAMON BARROS LUCO.- E. Villegas E.