Concede fondos para la representacion de Chile en el Segundo Congreso Científico Pan-Americano; i reduce un ítem del Presupuesto de Marina.
    Lei núm. 3,036.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de treinta mil pesos oro de dieciocho peniques ($ 30,000) en atender a los gastos que demande la representacion de Chile en el segundo Congreso Científico Pan-Americano, que se reunirá en Wáshington a fines del presente año.
    Se reduce en la suma de treinta mil pesos oro de dieciocho peniques ($ 30,000) la cantidad que consulta el Presupuesto vijente en el ítem 745 del Presupuesto de Marina.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 13 de Noviembre de 1915.- RAMON BARROS LUCO.- Samuel Claro Lastarria.