Artículo 1.o- Autorízase a la Municipalidad de Calbuco para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de doscientos mil escudos (Eº 200.000) al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.