AUTORIZA A LA "ASOCIACION REMAR CHILE" PARA REALIZAR COLECTA PUBLICA
Núm. 171 exenta.- Concepción, 30 de marzo de 2005.- Considerando: La carta de fecha 1 de marzo de 2005 de la Asociación REMAR Chile dirigida al señor Intendente Regional.
Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 10.262 de 1952; ley Nº 16.436 de 1966; decreto del Ministerio del Interior Nº 955 publicado en el Diario Oficial del 24 de junio de 1974; modificado por el decreto supremo del Ministerio del Interior Nº 1.309, publicado en el Diario Oficial de 21 de septiembre de 1974; la facultad que me otorga el decreto supremo del Ministerio del Interior Nº 969, publicado en el Diario Oficial de 22 de agosto de 1975, y lo señalado en la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Resuelvo:
1.- Autorízase a la "Asociación REMAR Chile" para realizar Colecta Pública en la provincia de Concepción, el día martes 26 de abril de 2005.
2.- Las utilidades producto de esta colecta, deberán ser destinadas para ir en cumplimiento directo de los fines de la institución.
3.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por la Gobernación Provincial de Concepción o por las personas que sean designadas para que representen a dicha autoridad.
4.- La institución objeto de la presente autorización, deberá acreditar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, con anterioridad a la fecha de la colecta y remitir a esta Intendencia, dentro de los sesenta días siguientes a dicha fecha, un informe detallado del monto de lo recaudado y de su inversión.
5.- El incumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento sobre Realización de Colectas, D.S. 955 (I) de 1974 y de sus modificaciones, será causal suficiente para denegar a la persona jurídica infractora, en el futuro, otra autorización similar, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal en que pudiera incurrir.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jaime Tohá González, Intendente Región del Bío Bío.- Ximena Torrejón Cantuaria, Asesora Jurídica.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento y fines del caso.- Ximena Torrejón Cantuaria, Asesora Jurídica.