Autoriza la cesion al Cuerpo de Bomberos de Santiago del uso i goce, por el término de 25 años, de una propiedad que ocupa en Santiago.
Lei núm. 3,050.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza a la Municipalidad de Santiago para que ceda al Cuerpo de Bomberos de la misma ciudad, para cuartel de Bombas, el uso i goce por el término de veinticinco años, el terreno que ocupa dicho Cuerpo en la calle Ines de Aguilera números 1164 a 1190, con facultad de hipotecar el terreno i los edificios que ha construido i que construya; debiendo destinarse los productos que obtenga, primeramente, a hacer el servicio de amortizacion e intereses que las deudas contraidas le impongan i a efectuar mejoras i nuevas construcciones; i el saldo, si lo hubiere, al sostenimiento de la institucion. Todas las mejoras que se hicieren quedarán a beneficio municipal. El Superintendente del Cuerpo, previo acuerdo del Directorio firmará las escrituras hipotecarias.
Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 30 de Diciembre de 1915.- JUAN LUIS SANFUENTES.- J. Elias Balmaceda.