APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 257 exento.- Santa Cruz, mayo 25 de 1995.- Considerando: Que, al adelantar la entrada en vigencia del reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas en la comuna, otorga mayores beneficios económicos al Municipio, lo que significar poder realizar otras obras de adelanto en beneficio de la comunidad.
    Vistos: El acuerdo unánime del Concejo Municipal de Santa Cruz, tomado en Sesión Extraordinaria N° 43, de fecha 25 de mayo de 1995, el Decreto Ley N° 3.063 Ley de Rentas, Ley N° 19.380 Reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas y las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695 y sus modificaciones;
    Decreto:

    Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Santa Cruz, a partir del Segundo Semestre del año 1995, en conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 19.380.
    2.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial.

    3.- Anótese, comuníquese y archívese.- Héctor Valenzuela Valenzuela, Alcalde.- Fermín Miguel Gutiérrez Rivas, Secretario Municipal.