ART. 3.°- Dentro del mimo plazo el Presidente de la República designará una Comision de tres peritos que hagan la estimacion del valor de los terrenos que deban entregarse a la Sociedad "Nueva Italia." Este valor quedará acreditado en la Tesorería Fiscal de Santiago en la parte que pudiere corresponder a particulares a fin de que éstos hagan valer sobre ella sus derechos en conformidad a esta lei.
Para los efectos a que haya lugar se tasarán por separado las terrenos i las mejoras que en ellos existan.