RECTIFICA DECRETO Nº 157 EXENTO, DE 2005

    Núm. 320 exenta.- Santiago, 21 de abril de 2005.- Considerando:
    I.- Que mediante decreto (exento) Nº 157, de 2 de marzo de 2005, del Ministerio de Bienes Nacionales, se dispuso la concesión gratuita de un inmueble fiscal ubicado en el lugar denominado Campo de Pastoreo Toconce, comuna de Calama, provincia de El Loa, II Región de Antofagasta, a la Comunidad Atacameña de Toconce.
    II.- Que en dicho decreto se incurrió en un error manifiesto al señalar que al Norte deslindaba con Demanda Comunidad Indígena de Toconce-Cerro Echado..., en circunstancia que de acuerdo a la Minuta de deslinde y al plano acompañado señala que deslinda: Demanda Indígena Comunidad de Toconce - Cerro Echado...,
    Resuelvo:

    Rectifícase la parte dispositiva del decreto (exento) Nº 157, de 2 de marzo de 2005, del Ministerio de Bienes Nacionales, en el sentido que el inmueble que se transfiere deslinda al Norte: Demanda Indígena Comunidad de Toconce - Cerro Echado, Demanda Indígena Comunidad de Toconce - Cerro Toconce y terrenos fiscales vacuos, en línea quebrada de cuatro parcialidades de 12.926,43 metros; 7.317,10 metros; 1.828,99 metros y 5.579,70 metros, respectivamente.
La presente resolución debe entenderse parte integrante del decreto (exento) que parcialmente se rectifica, para todos los efectos legales, el que mantendrá su vigencia en todo lo demás.

    Anótese, regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, comuníquese, publíquese en extracto en el "Diario Oficial" y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Alvaro Medina Aravena, Subsecretario de Bienes Nacionales (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Danilo Lizama González, Jefe División Administrativa.