OTORGA A ENDESA CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO LINEA DE DOBLE CIRCUITO EN 220 KV. "PAN DE AZUCAR-MAITENCILLO"
Santiago, 21 de Diciembre de 1978.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.146.- Vistos: estos antecedentes; lo informado por la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas por oficios Nºs. 3.838 y 4.878,de 12 de Septiembre y 15 de Noviembre, respectivamente, del año en curso, y por los Sres. Intendentes de las Regiones III y IV, mediante oficios Nºs. 241, de 27 de Octubre, y 495, de 3 de Noviembre, respectivamente, de 1978 y lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 911, de 1975, y en la Ley General de Servicios Eléctricos, DFL. Nº 4, de 1959,
Decreto:
1º.- Otórgase a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. concesión definitiva de servicio público para establecer, operar y explotar en la III y IV regiones del país la línea de transmisión de energía eléctrica de doble circuito, en 220 KV, denominada "Pan de Azúcar-Maitencillo".
Esta línea tiene por objeto interconectar la subestación "Pan de Azúcar" con la subestación "Maitencillo", ubicadas en La Serena y Vallenar, respectivamente.
2º.- Apruébanse los planos de esta línea de transmisión, los que quedarán archivados en la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas, y facúltase a esta repartición para que ordene o autorice las modificaciones de orden técnico que procedieren, siempre que ellas no afecten el fundamento y objeto de la concesión.
3º.- Apruébanse los planos de las servidumbres de paso y constitúyanse las mismas de acuerdo con lo que sobre el particular establece la Ley General de Servicios Eléctricos, en los predios de propiedad particular que se indican a continuación y se autoriza la ocupación y cruce de calles, caminos, ríos, canales, vías férreas, acueductos, otras líneas eléctricas y otros bienes nacionales de uso público que la línea atraviese en su recorrido.
Nombre del Nombre
propietario del predio Longitud (m.)
General Motors ......................
........... 1.207,35
Fiscal Carretera Ovalle-
Serena 40,00
Coop. Sercoel Ltda. ...............................
40,00
Fiscal Camino 20,00
Jorge Valenzuela
Figari Parcela Nº 36,
San Ramón 674,45
Fernando Barraza Q. Parcela Nº 35, San
Ramón 415,15
Arturo ..................................
474,25
Fiscal Camino 18,00
Arzobispado La
Serena
..................................... 203,80
Cía. Chilena-Italiana
de Colonización S.A. ............................
290,25
Fiscal Camino 26,00
Carlos Salas Parcela Nº 29, San
Ramón 385,75
Atillo Callegari Parcela Nº 28 476,40
Fiscal Camino 13,00
Angelo Modena P. Parcela Nº 26, San
Ramón 367,60
Carlos Medina
Fernández Parcela Nº 25, San
Ramón 368,65
Oscar Varas Alfaro Parcela Nº 24, San
Ramón 358,40
Andrés Illanes Campo Parcela Nº 526, El
Milagro 221,95
Andrés Illanes Campo Parcela Nº 527, El
Milagro 222,00
Andrés Illanes Campo Parcela Nº 528, El
Milagro 305,85
Fiscal Camino 25,00
Franklin Tabilo H. Parcela Nº 344, El
Milagro 150,95
Faisal Mohor Parcela Nº 343, El
Milagro 474,00
José Vergara S. Parcela Nº 342, El
Milagro 72,00
Fiscal Canal 17,00
José Vergara S. Parcela Nº 342, El
Milagro 340,20
Jorge Libano M. Parcela Nº 338, Santa
Rosa 146,65
Miguel Rumoroso C. Parcela Nº 337, Santa
Rosa 222,90
Ivo Conta G. Parcela Nº 336, Pampa
Alta 218,30
Humberto
Giovanazzi Parcela Nº 335, Santa
Rosa 160,00
Jorge Julia Godoy Parcela Nº 334, Santa
Rosa 169,30
Eloy Villar P. Parcela Nº 333, Santa
Rosa 169,15
Alberto Marín A. Parcela Nº 332, Pampa
Alta 175,10
Hugo Brito Cortez Parcela Nº 331, Pampa
Alta 314,95
David Rojas Núñez Parcela Nº 330, Pampa
Alta 399,10
Raúl E. Godoy M. Parcela Nº 317, Pampa
Alta 405,90
Fiscal Camino 13,00
Bienes Nacionales .................................
302,10
Fiscal Canal/camino 27,50
Herminio Nicolodi B. ................................
470,45
Fabio Banani B. Parcela Nº 306 312,00
Fiscal Camino a Vicuña 95,40
Mario Albasini A. Parcela Nº 301, Pampa
Alta 646,20
Fiscal Camino Vecinal 16,00
Raúl Toro (arrendata-
rio, Soc. Agrícola,
Dalla Serra Hnos). Parcela Nº 5 467,95
Fiscal Camino 53,00
Jaime Alvarez Brunet Parcela Nº 34 946,60
Fiscal Río Elqui 212,00
Hugo Barraza B. Fundo El Olivar 250,95
Fiscal FF.CC. del E/Camino 32,90
Hugo Barraza B. Fundo El Olivar 268,75
Fiscal Canal 5,00
Hugo Barraza B. Fundo El Olivar 53,55
Fiscal Canal/camino 16,00
Bienes Nacionales ...................................
1.175,30
Fiscal Camino 6,00
Jorge Guzmán Vergara Hda. La Compañía 12.735,90
Comunidad Siciliano Estancia Siciliano 2.358,75
Cía. Aceros del
Pacífico Mineral "El Romeral" 2.952,75
Julia Millas R.
viuda de Gómez Estancia Chunga 1.897,30
Fiscal Camino 4,00
Julia Millas R. vda.
de Gómez Estancia Chunga 351,00
Rosa Jure vda. de
González Est. Aguas del Mulato 1.737,90
Fiscal Camino 6,00
Rosa Jure vda. de
González Est. Aguas del Mulato 3.121,00
Fiscal Camino 5,00
Rosa Jure vda. de
González Est. Aguas del Mulato 80,00
Fiscal Camino 5,00
Rosa Jure vda. de
González Est. Aguas del Mulato 795,20
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 1.878,35
Fiscal Camino 32,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 1.088,45
Fiscal Camino 5,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 1.243,50
Fiscal Camino 5,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 178,15
Fiscal Camino 6,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 348,20
Fiscal Camino 6,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 101,30
Fiscal Camino 31,00
Pedro Villalobos V. Estancia Los Hornos 897,25
Comunidad Quebrada
Honda Estancia Quebrada Honda 972,00
Atilio Corrotea Fundo El Olivar 162,00
Comunidad Quebrada
Honda Estancia Quebrada Honda 137,80
Fiscal Camino 6,00
Comunidad Quebrada
Honda Estancia Quebrada Honda 1.114,50
Nicolás Osorio V. Estancias Yerbas Buenas 1.177,35
Fiscal Carretera Panamericana 54,70
Nicolás Osorio V. Estancias Yerbas Buenas 924,80
Fiscal Carretera Panamericana 58,00
Nicolás Osorio V. Estancias Yerbas Buenas 632,10
Fiscal Carretera Panamericana 34,00
Nicolás Osorio V. Estancias Yerbas Buenas 1.053,35
Fiscal Carretera Panamericana 44,00
Nicolás Osorio V. Estancias Yerbas Buenas 593,25
Suc. Emilio Jarpa
Muñoz Estancia La Higuera 3.589,80
Fiscal Carretera Panamericana 95,60
Suc. Emilio Jarpa
Muñoz Coop. Camp.OO.
El Tofo 19.187,95
Fiscal Carretera Panamericana 45,00
Lucas Caric Kunicic Estancia El Trapiche 3.598,00
Fiscal Bienes Nacionales 8.883,30
Fiscal Carretera Panamericana 25,45
Fiscal Bienes Nacionales 5.500,30
Fiscal Carretera Panamericana 21,50
Fiscal Bienes Nacionales 29,00
Fiscal FF.CC. del E. 55,90
Fiscal Bienes Nacionales 10.323,85
Fiscal FF.CC. del E. 42,05
Fiscal Bienes Nacionales 14.759,75
Fiscal Camino 25,00
Fiscal Bienes Nacionales 1.545,15
Fiscal Camino 16,00
Fiscal Bienes Nacionales 8.735,05
Fiscal FF.CC. del E. 8,70
Fiscal Bienes Nacionales 11.774,80
Fiscal FF.CC. del E. 23,50
Fiscal Bienes Nacionales 55,50
Fiscal Carretera Panamericana 15,00
Fiscal Bienes Nacionales 12.502,60
Fiscal Carretera Panamericana 39,00
Fiscal Bienes Nacionales 2.782,70
Fiscal Carretera Panamericana 32,80
Fiscal Bienes Nacionales 26.544,90
Fiscal Camino Algarrobo 14,30
Fiscal Bienes Nacionales 4.370,25
Representante:
Germán Muñoz Hdas. Unidas del Valle
del Huasco 2.282,55
Fiscal Callejón 32,90
Representante:
Germán Muñoz Hdas. Unidas del Valle
del Huasco 411,15
Fiscal Callejón 20,85
Representante:
Germán Muñoz Hdas. Unidas del Valle
del Huasco 1.498,00
Germán Muñoz
..........................................
260,05
Representante:
Germán Muñoz Hdas. Unidas del Valle
del Huasco 54,00
Fiscal Camino 32,00
Germán Muñoz
.................................... 120,65
Representante:
Germán Muñoz Hdas. Unidas del Valle
del Huasco 1.673,30
Fiscal FF.CC. C.A.P. 23,00
Juan Prokuriza
.....................................
371,15
Fiscal Camino 9,85
Fiscal Bienes Nacionales 77,50
Fiscal Camino 15,50
Fiscal Bienes Nacionales 1.311,30
4º.- El plazo para esta concesión se extinguirá conjuntamente con el plazo establecido en el decreto de Interior Nº 1.135, de 10 de Agosto de 1971, que otorgó a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. la concesión definitiva para el establecimiento, operación y explotación de la subestación 66/23/13.8 Kv., 5 Mva., "Plan de Azúcar".
5º.- Se fija en 30 días el plazo para la iniciación de las obras, contados desde la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, y 27 meses el plazo para su terminación, contados de la fecha de iniciación de los trabajos.
6º.- La Empresa Nacional de Electricidad S.A. deberá depositar en la Caja de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas, la suma de diez mil quinientos ochenta y cinco pesos 40/100 ($ 10.585,40), por concepto de garantía para responder del cumplimiento de las obligaciones que le impone la concesión que se le otorga por este decreto.
7º.- Fíjase en diez mil quinientos ochenta y cinco pesos 40/100 ($ 10.585,40) la multa en que incurrirá la Empresa Nacional de Electricidad S.A. por cada mes de atraso en la terminación de las obras.
8º.- La empresa concesionaria deberá cancelar en la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas, la suma total de trescientos diecisiete mil quinientos sesenta y dos pesos ($ 317,562), por concepto de Inspección Gubernativa durante la construcción de las obras. El pago se hará en cuotas trimestrales anticipadas.
9º.- Autorízase al Ingeniero Superintendente de Servicios Eléctricos y de Gas para que, en representación del Fisco, firme la escritura pública a que deberá ser reducido el presente decreto en la Notaría de Hacienda de Santiago.
NOTA:
El artículo 1º del DTO 123, Economía, publicado el 25.04.2005, modifica la presente en el sentido de cambiar el trazado de la línea en el tramo comprendido entre las estructuras Nº 76 y Nº 84, ambas inclusive, situadas en el sector El Romeral, comuna de La Serena, provincia de Elqui, IV Región.
La variante entre dichas estructuras tendrá una extensión de aproximadamente 3.713 metros, conforme al plano CMP-10-01-02-00, "Modificación Trazado Línea 2x220 kV Pan de Azúcar - Maitencillo Sector Romeral" y el Plano Nº BL-18-TP-009 "Variante Línea 2x220 kV Sector Tranque El Trigo". La línea, fuera de los puntos indicados, mantendrá íntegramente su actual trazado sin afectar nuevas propiedades.
El artículo 1º del DTO 123, Economía, publicado el 25.04.2005, modifica la presente en el sentido de cambiar el trazado de la línea en el tramo comprendido entre las estructuras Nº 76 y Nº 84, ambas inclusive, situadas en el sector El Romeral, comuna de La Serena, provincia de Elqui, IV Región.
La variante entre dichas estructuras tendrá una extensión de aproximadamente 3.713 metros, conforme al plano CMP-10-01-02-00, "Modificación Trazado Línea 2x220 kV Pan de Azúcar - Maitencillo Sector Romeral" y el Plano Nº BL-18-TP-009 "Variante Línea 2x220 kV Sector Tranque El Trigo". La línea, fuera de los puntos indicados, mantendrá íntegramente su actual trazado sin afectar nuevas propiedades.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.