Concede fondos para pagar el sueldo de un secretario de Legacion en Méjico durante los últimos meses del año 1916
    Lei núm. 3,116.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:


    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir por lo que resta del presente año, hasta la cantidad de $ 3,555,55 oro de 18 d. en el pago del sueldo de un Secretario de Legacion en Méjico, quien no gozará de ninguna asignacion si fuere acreditado como Encargado de Negocios.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 4 de Setiembre de 1916.- JUAN LUIS SANFUENTES.- J. E. Tocornal.