LEY NUM. 16.135

AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA ADELINA FLOTTS VIUDA DE POBLETE Y SUS HIJAS MENORES

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley.

    Artículo único.- Auméntase, por gracia, a Eº 80 mensuales la pensión de que actualmente disfrutan, en conformidad con la ley N.o 9.649, doña Adelina Flotts viuda de Poblete y sus hijas menores.
    El gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a dieciocho de Enero de mil novecientos sesenta y cinco.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.