DEJA SIN EFECTO RESOLUCION T.R. Nº 287, DE 2004, Y DEROGA PARCIALMENTE RESOLUCION T.R. Nº 246, DE 1997, DEL SERVICIO DE SALUD VALPARAISO - SAN ANTONIO

    Núm. T.R. 1.019.- Valparaíso, 1 de marzo de 2005.- Vistos: El dictamen contenido en el oficio Nº 862, de 22 de febrero de 2005, de Contraloría Regional Valparaíso, que devuelve sin tramitar resolución T. R. Nº 287, de 2004, del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, y que fija la genuina inteligencia y alcance del artículo 41º inciso primero, letra e) y en su inciso segundo de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto actual fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que determina que sólo habilita a la administración activa para revocar y no para suspender la delegación de facultades, precisando además que existiría un error en la remisión al literal "L)" del párrafo segundo del Nº 1 de la resolución Nº 246, de 1997, y efectivamente ello es así, pues la letra a la que se remite es la "I)"; y, finalmente, que la mención al nombramiento de la Directora del Servicio debe entenderse hecha al decreto supremo Nº 147, de 2004, del Ministerio de Salud;

    Considerando:

    1º La entrada en vigencia de la ley Nº 19.937, que ha dispuesto la reforma más profunda en el Sistema Público de Salud, creando dos Subsecretarías, una de Salud Pública, de la que dependerá la Autoridad Sanitaria, funciones que se les asignan a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, destinada a la atención integral de las personas y a la regulación de la prestación de acciones de salud que se conservan reforzadamente en los Servicios de Salud, cuya Dirección deberá actuar fundamentalmente como un gestor de la red asistencial, a cargo de un Jefe Superior seleccionado, designado y evaluado conforme al Título VI de la ley Nº 19.882, de acuerdo a lo establecido en el texto actual del D.L. Nº 2.763, de 1979;
    2º La necesidad de adecuar la organización y funcionamiento del Servicio a las nuevas exigencias impuestas por la Reforma del Sistema Público de Salud aprobada y sancionada por la antes citada ley Nº 19.937, amerita un reestudio serio y profundo de la delegación de facultades vigente en este Servicio de Salud en los Directores de los Hospitales "Carlos Van Büren", "Valparaíso" actualmente "Dr. Eduardo Pereira" y "Del Salvador" de Valparaíso; "San José" de Casablanca, "Claudio Vicuña" de San Antonio y "Hanga-Roa" de Isla de Pascua, dispuesta por la resolución T. R. Nº 246, de 20 de enero de 1997, de la Dirección del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, publicada en el Diario Oficial de 1º de marzo de 1997, y que hace imprescindible retomar el control de algunas de las facultades delegadas para implantar políticas rectificatorias principalmente en aspectos administrativos que dicen relación con el manejo de los recursos humanos y financieros orientados al debido cumplimiento de compromisos con el Ministerio de Salud y muy principalmente con la atención debida a nuestros beneficiarios, y
    3º En dichas circunstancias, y de conformidad al pre-citado artículo 41, inciso primero letra e), de la ley 18.575, que señala que la delegación de facultades es esencialmente revocable, vengo en abrogar parcialmente la resolución de Delegación de Facultades, con la excepción de las facultades que expresamente se señalan y que seguirán radicadas en las Direcciones de los distintos establecimientos hospitalarios de la Red Asistencial del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, que se individualizan;

    Teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos 18, 18 bis, 19 y 20 del D.L. 2.763, de 1979, y lo previsto en el D.S. Nº 147, de 2004, del Ministerio de Salud, y en la resolución Nº 520, de 1996, que "Fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón" de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, dicto la siguiente:

    Resolución:



    1º Deroga parcialmente la resolución T.R. Nº 246, de 20 de enero de 1997, de la Dirección del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, que delega facultades en los Directores de Hospitales de la Red Asistencial del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, salvo las materias que se indican a continuación:

    1.-  Las contenidas en el punto II.- en los
          Directores de los Hospitales "Carlos Van
          Büren", "Valparaíso" hoy "Dr. Eduardo Pereira"
          y "Del Salvador" de Valparaíso, "San José" de
          Casablanca y "Claudio Vicuña" de San Antonio,
          del punto 1º letras:

    A.-  Reconocimiento de los derechos y concesión de:
          a) Feriado y acumulación de feriados
          b) Licencias Médicas y Maternales
          c) Asignaciones familiares y prenatales
          d) Asignación de movilización
          e) Asignación pérdida de Caja
          f) Permiso con goce de remuneraciones, exclu-
          sivamente
          i) Asignaciones de permanencia
          j) Asignación de antigüedad
          k) Asignación profesional.

    B.-  Rectificación de nombres y apellidos:

    C.-  Ordenar la instrucción de sumarios
          administrativos e investigaciones sumarias,
          pronunciando las resoluciones de término que
          corresponda, ya sea sobreseyendo, absolviendo
          o aplicando las sanciones administrativas
          correspondientes, con excepción de la
          destitución.

    E.-  Autorizar la asistencia a actividades de
          capacitación, con excepción de las que deban
          cumplirse en el extranjero.

    I.-  Cambiar de Unidad de Trabajo al personal
          dentro de su Establecimiento, y

    K.-  Destinar formalmente a los funcionarios de los
          Servicios de Urgencia y autorizar el ejercicio
          del derecho de opción que les compete, en los
          términos establecidos en la ley Nº 19.264;

    2º Las comprendidas en el punto III.- en los Directores de Hospitales "Claudio Vicuña" de San Antonio, "Hanga-Roa" de Isla de Pascua y "San José" de Casablanca, la facultad de representar al Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio para efectos protocolares y cuando sean convocados por las autoridades provinciales y comunales para tratar problemas de salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, en:

    A.-  En los Directores de los Hospitales "Claudio
          Vicuña" y "Hanga-Roa", ante las autoridades de
          Gobierno Interior y otras entidades
          provinciales, en las provincias de San Antonio
          e Isla de Pascua de la Región de Valparaíso,
          respectivamente, y

    B.-  En el Director del Hospital "San José", ante
          las autoridades de Gobierno Interior,
          comunales y otras entidades locales de la
          comuna de Casablanca.

    3º Déjese sin efecto la resolución T.R. Nº 287, de 2004, del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, devuelta sin tramitar por oficio Nº 862, de 2005, de la Contraloría Regional Valparaíso.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Nélida Velásquez González, Directora Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio.