Art. 36. Este impuesto se pagará en fajas especiales que los fabricantes colocarán en los envases antes de que el licor salga de su establecimiento, y de manera que el líquido no pueda extraerse sin romper la faja. Las botellas llevarán, además, estampado en parte visible el precio máximo a que puede venderse la mercadería.
    Los comerciantes de licores, sea por mayor o menor, no podrán vender la botella a un precio superior al autorizado por la faja con que el producto haya salido de la fábrica.