Concede fondos para reparar la cuesta de Chacabuco i caminos públicos de Santiago a Los Andes i de Los Andes a La Cumbre.
Lei núm. 3,172.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.-Se autoriza al Presidente de la República para que invierta en la reparacion de la cuesta de Chacabuco i caminos públicos de Santiago a Los Andes i de Los Andes a La Cumbre, hasta la suma de treinta i seis mil pesos ($ 36,000).
El gasto se imputará al ítem 566 del presupuesto vijente.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 29 de Diciembre de 1916.-JUAN LUIS SANFUENTES.- Enrique Zañartu P