Concede fondos para el pago de vestuario del Ejército
    Lei núm. 3,227.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir la cantidad de un millon trece mil pesos ($ 1.013,000) en atender al pago del valor de las prendas de vestuario para el Ejército, contratadas en el año 1916.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República,
    Santiago, a 7 de Febrero de 1917.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Oscar Urzúa.