Lei núm. 3,244, que dispone que las multas impuestas al personal de las Policías Fiscales se destinarán a la construccion de mausoleos para estas instituciones, i terminados éstos, a instituir premios entre los miembros de las mismas.
    Lei núm. 3,244.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Los fondos que existan depositados en las Tesorerías Fiscales procedentes de multas impuestas al personal de las Policías Fiscales, i los que se acumulen en lo sucesivo por esta causa, se invertirán en la construccion de mausoleos para esta institucion.
    Una vez terminados éstos, el producto de las multas se destinará a instituir premios para el personal de estas policías en conformidad al Reglamento que dicte el Presidente de la República.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a catorce de Julio de mil novecientos diecisiete.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Ismael Tocornal.