Lei núm. 3,248, que concede fondos para los gastos que demande la Embajada Especial a Bolivia.
    Lei núm. 3,248.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de dieciseis mil pesos ($ 16,000), moneda nacional de oro, que se deducirá de la parte no invertida del ítem 27 de la partida 3.a del Presupuesto de Relaciones Esteriores vijente, en la atencion de los gastos de viaje, representacion i demas que demande el envio de una Embajada Especial que, en representacion del pais, concurra a la ceremonia de la trasmision del Mando Supremo que tendrá lugar en Bolivia en Agosto próximo.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a dos de Agosto de mil novecientos diecisiete.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Arturo Besa.