APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS ADECUANDOLOS A LA LEY Nº 19.712, LEY DEL DEPORTE
Santiago, 16 de mayo de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.808 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia Nº110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución Nº 520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, de 2002, publicado en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en la ley Nº 19.712 y su reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Asociación Deportiva Bowling ENAP Magallanes - XII Región", con domicilio en la provincia de Magallanes, Duodécima Región de Magallanes, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 794, de 17 de septiembre de 1986, en los términos que dan testimonio el instrumento protocolizado bajo el Nº 36, de fecha 18 de diciembre de 2003, y la escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2004, otorgados en las Notarías Públicas de Punta Arenas de don Edmundo Correa Paredes, el primero, y don Horacio Silva Reyes, la última.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará "Asociación Deportiva de Bowling ENAP Magallanes, XII Región", la que podrá actuar ante las autoridades deportivas, políticas y administrativas, ante órganos públicos y privados, con el nombre de "Bowling ENAP Magallanes".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.