Lei núm. 3,262, que establece desde cuando rejirá la lei anterior
    Lei núm. 3,262.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Se declara que la lei en la cual se establece que el Viérnes 31 de Agosto de 1917, será dia feriado en homenaje a las Embajadas Estraordinarias del Brasil, Uruguay i Paraguai, ante el Gobierno de Bolivia, de paso por nuestra República, rejirá desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.
    Esta lei rejirá desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veintiocho de Agosto de mil novecientos diecisiete.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Ismael Tocornal.