Lei núm. 3,286, que concede fondos para pagar el saldo que se adeuda por la impresion del tomo 8.° de la Recopilacion de Leyes por órden numérico.
Lei núm. 3,286.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Concédese la suma de ocho mil setecientos sesenta pesos ($ 8,760) para pagar el saldo que se adeuda del valor de la impresion del tomo 8.° de la Recopilacion de Leyes arregladas por la Secretaría del Consejo de Estado, i para gratificar al personal de esta Secretaría que tuvo a su cargo la confeccion de la obra.
El gasto que consulta el inciso anterior, se deducirá de la mayor entrada que en el presente año ha producido el Telégrafo del Estado.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintiuno de Setiembre de mil novecientos diecisiete.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Ismael Tocornal.