Artículo 4º.- Las peticiones aDFL Hacienda 1/97
Art. 4º la autoridad aduanera serán fundadas, acompañando el interesado los documentos e información necesarios para una adecuada resolución de lo solicitado.
Art. 4º la autoridad aduanera serán fundadas, acompañando el interesado los documentos e información necesarios para una adecuada resolución de lo solicitado.
Las decisiones de la autoridad aduanera serán fundadas y comunicadas al solicitante.