ALey 21632
Art. 1° Nº 4
D.O. 23.11.2023rtículo 170.- La responsabilidad por los actos u omisiones infraccionales sancionados con multa por esta Ordenanza, prescribe en el plazo de tres años.
Art. 1° Nº 4
D.O. 23.11.2023rtículo 170.- La responsabilidad por los actos u omisiones infraccionales sancionados con multa por esta Ordenanza, prescribe en el plazo de tres años.
La responsabilidad penal por los delitos sancionados en esta Ordenanza prescribe según las normas del Código Penal.