LEY NUM. 15.217
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA PASTORA, DOÑA SARA, DOÑA CLEMENTINA, DOÑA ESTELA Y DOÑA MARIA CRISTINA URRUTIA URRUTIA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la cantidad de cincuenta escudos mensuales, para cada una, la pensión de que actualmente disfrutan doña Pastora, doña Sara, doña Clementina, doña Estela y doña María Cristina Urrutia Urrutia, de la que gozarán con derecho de acrecer entre ellas.
El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a quince de Julio de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ.- Luis Mackenna S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.