LEY NUM. 16.185

RECONOCE, POR GRACIA, A DON FRANCISCO SANTANA GONZALEZ EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, el tiempo servido por don Francisco Santana González como inspector en el Instituto Nacional entre el 3 de Enero de 1933 y el 31 de Diciembre de 1935.
    Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones patronales y personales que deba integrar en la institución de previsión a que esté acogido.  Para determinar el monto de las imposiciones se tomará como renta imponible la primera remuneración sobre la cual las haya efectuado. El organismo de previsión respectivo otorgará al señor Santana, para el integro de las imposiciones, un préstamo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3.o de la ley N.o 10.986.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veinticinco de Enero de mil novecientos sesenta y cinco.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.