APRUEBA BASES PARA EL PROCESO DE POSTULACION 2005, A LA ACREDITACION PARA PERCEPCION DE LA ASIGNACION DE EXCELENCIA PEDAGOGICA LEY Nº 19.715

    Núm. 683 exenta.- Santiago, 4 de febrero de 2005.- Considerando:
    Que, la ley Nº 19.715 otorgó un mejoramiento especial de remuneraciones para los profesionales de la educación, siendo parte de él la creación de una Asignación de Excelencia Pedagógica para fortalecer la calidad de la educación y reconocer y destacar el mérito de los docentes de aula.
    Que, la Asignación de Excelencia Pedagógica se encuentra reglada en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de Educación de 2002.
    Que, durante el año 2005 se otorgará la acreditación mencionada a un máximo de 6.000 docentes, de educación parvularia, básica y media, que podrán ser seleccionados para obtener la Asignación de Excelencia Pedagógica correspondiente al año 2005, cuyo pago podrá efectuarse el año 2006.
    Que, mediante resolución exenta de Educación Nº 3.225, de 2002, el Ministerio de Educación aprobó los estándares de desempeño profesional para percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica, cuyo cumplimiento se evaluará en el proceso de postulación a que se convoca.
    Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; artículo 4º de la ley Nº 18.956 que Reestructura el Ministerio de Educación; ley Nº 19.715 que Otorga un Mejoramiento Especial de Remuneraciones para los Profesionales de la Educación; ley Nº 19.986, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2005; el decreto con fuerza de ley Nº 1 de Educación, de 2002; la resolución exenta Nº 3.225, de 2002; y la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.

    Resuelvo:



    Artículo 1º: Apruébanse las siguientes Bases que regirán el Proceso Nacional de Postulación a la Acreditación para percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica, correspondiente al año 2005.
"Bases Proceso de Postulación a la Acreditación para percepción de la Asignación de Excelencia Pedagógica año 2005"

    I.-  Convocatoria.

    El Ministerio de Educación invita a participar en el proceso de acreditación para la Asignación de Excelencia Pedagógica para el año 2005, de acuerdo a los criterios y requisitos que a continuación se expresan:
    El proceso de postulación a la acreditación como docentes de excelencia para efectos de percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica es un beneficio de carácter voluntario que tiene su origen en la ley Nº 19.715 y el decreto con fuerza de ley Nº 1 de Educación, de 2002, cuyo principal objetivo es lograr el fortalecimiento de la calidad de la educación a través del reconocimiento del mérito profesional de los y las docentes de aula que postulan a este proceso, evaluando el cumplimiento de los estándares de desempeño profesional aprobados por el Ministerio de Educación.
    El proceso de postulación es de carácter nacional y anual, esto es, para todos los docentes que se desempeñan en el territorio nacional y que cumplan con los respectivos requisitos.
    Tramos de desarrollo profesional en que se postulan los docentes.
    Cada docente deberá postular a la asignación en el tramo que corresponda en atención al número de años de ejercicio profesional, de acuerdo a lo que a continuación se expresa:

Tramo 1  Docentes que cuenten con uno y hasta cinco
          bienios de ejercicio profesional.
Tramo 2  Docentes que cuenten con seis y hasta diez
          bienios de ejercicio profesional.
Tramo 3  Docentes que cuenten con once y hasta quince
          bienios de ejercicio profesional.
Tramo 4  Docentes que cuenten con dieciséis bienios y
          más, de ejercicio profesional.
          Los postulantes que no resulten acreditados
          en este proceso podrán volver a postular una
          vez más en el respectivo tramo de desarrollo
          profesional, sin perjuicio del derecho de
          postular dos veces en cada uno de los tramos
          posteriores.

II.-  Requisitos de postulación

      Podrán postular a obtener la acreditación como docentes de excelencia, los profesionales de la educación que cumplan con los siguientes requisitos:

1)  Desempeñarse como docente de aula de
    establecimientos del sector municipal o del sector particular subvencionado en el nivel parvulario, de educación básico o media;
2)  Estar contratados o designados como docente de aula por un mínimo de 30 horas semanales para la educación parvularia y para la básica; y, de 20 horas semanales para la educación media;
3)  Tener, a lo menos, un bienio cumplido de ejercicio profesional, a la fecha de vencimiento del plazo de postulación al respectivo proceso de acreditación.

    Para este año 2005, están especialmente invitados a participar, los profesionales de la educación que se desempeñen en:

    Segundo Ciclo de Educación Parvularia:

    Profesor de Segundo Ciclo de Educación Parvularia (primer y segundo nivel transición)

    Primer Ciclo de Educación Básica:

    Profesor Primer Ciclo de Educación Básica-Generalista, que imparte a lo menos los subsectores de lenguaje y comunicación y matemática, con un mínimo de 30 horas semanales como docente de aula.

    Segundo Ciclo de Educación Básica de acuerdo con las siguientes categorías de acreditación:
*    Profesor Segundo Ciclo de Enseñanza Básica / Subsector "Lenguaje y Comunicación"
*    Profesor Segundo Ciclo de Enseñanza Básica / Subsector "Educación Matemática"
*    Profesor Segundo Ciclo de Enseñanza Básica / Subsector "Estudio y Comprensión de la Naturaleza" *    Profesor Segundo Ciclo de Enseñanza Básica / Subsector "Estudio y Comprensión de la Sociedad" Educación Media de acuerdo con las siguientes categorías de acreditación:
*    Profesor de Educación Media / Sector "Lengua Castellana"
*    Profesor de Educación Media / Sector "Matemática" *    Profesor de Educación Media / Sector "Historia y Ciencias Sociales"
*    Profesor de Educación Media / Subsector "Biología" *    Profesor de Educación Media / Subsector "Química" *    Profesor de Educación Media / Subsector "Física"
III.-  Medios de verificación del cumplimiento de los requisitos anteriores.

1)  Tanto el desempeño en aula en los mencionados establecimientos educacionales como el mínimo de horas de contratación indicados en los números 1 y 2 del apartado anterior, serán verificados por el Ministerio de Educación mediante sus registros administrativos y bases de datos de los antecedentes de los docentes contratados por establecimientos del sector municipal y particular subvencionado.
2)  El cumplimiento del requisito de número de bienios se verificará mediante declaración jurada simple del postulante. El declarante deberá dejar expresa constancia de haber tomado conocimiento de las medidas que el Ministerio de Educación adoptará para constatar la veracidad de las afirmaciones del postulante, requiriéndolo, en su caso, para que aclare eventuales disconformidades.

    En caso de comprobarse error o entrega maliciosa de la información contenida en la correspondiente declaración jurada, el docente perderá su derecho a percibir la respectiva asignación de excelencia pedagógica por no cumplimiento del requisito de que trata el presente numeral y procederá el reintegro de las sumas percibidas indebidamente, conforme las reglas generales, previa sustanciación de la investigación especial prevista en el artículo 28º del decreto con fuerza de ley Nº 1 de Educación de 2002 ya citado. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.

IV.-  Cupos por Región.

    Durante el año 2005 se considera un máximo de 6.000 cupos para la acreditación de la percepción de la Asignación de Excelencia Pedagógica, cuya distribución regional es la siguiente:

                                  Regiones  Cupos
                                              AEP
I.-    Primera Región de Iquique            206
II.-  Segunda Región de Antofagasta        208
III.-  Tercera Región de Atacama            125
IV.-  Cuarta Región de Coquimbo            279
V.-    Quinta Región de Valparaíso          610
VI.-  Sexta Región del Libertador
      General Bernardo O'Higgins            342
VII.-  Séptima Región del Maule              393
VIII.- Octava Región del Bío Bío            920
IX.-  Novena Región de la Araucanía        473
X.-    Décima Región de Los Lagos            516
XI.-  Décima Primera Región de
      Aysén del General Carlos
      Ibáñez del Campo                      52
XII.-  Décima Segunda Región de
      Magallanes y la Antártica Chilena    74
XIII.- Región Metropolitana de Santiago      1.802
                        Total                6.000

V.-  Montos de la Asignación de Excelencia Pedagógica para cada tramo

  Quienes resulten beneficiarios de esta asignación tendrán derecho al pago de una asignación de carácter imponible y tributable, conforme a la siguiente tabla, que establece los montos para el año 2005:

  Tramo  Monto Fijo
          Mensual
  1  $ 37.000
  2  $ 41.800
  3  $ 45.000
  4  $ 46.000

VI.-  Instrumentos de evaluación del cumplimiento de estándares de desempeño profesional y selección de los postulantes

1.  El proceso de acreditación para percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica tiene como objetivo principal verificar el cumplimiento de los Estándares de Desempeño Profesional aprobados por el Ministerio de Educación, a través de la resolución exenta Nº 3.225 de 2002.
2.  Los Instrumentos de Evaluación que permitirán constatar el cumplimiento de los estándares de desempeño mencionados en el numerando anterior son los siguientes:
a)  Prueba de Asignación de Excelencia Pedagógica (AEP) que deberán rendir los docentes postulantes, que mide los niveles de conocimientos en dominios disciplinarios y pedagógicos en el nivel, sector y subsector en que postula.
    El modelo de medición de la prueba define operacionalmente los criterios contenidos en los cuatro dominios de los Estándares de Desempeño Profesional:
-    Preparación del proceso de enseñanza.
-    Creación de un ambiente propicio para el aprendizaje.
-    Desarrollo del proceso de enseñanza para el aprendizaje.
-    Responsabilidades profesionales de los docentes.
    La prueba contendrá preguntas que evaluarán conocimientos. Este instrumento se compone de preguntas cerradas, con alternativas de respuesta, y de preguntas abiertas en las que se solicita desarrollar las respuestas.

    Los postulantes deberán rendir la prueba en las sedes designadas para estos fines. La ubicación de dichas sedes será informada oportunamente a los postulantes a través de la página www.aep.mineduc.cl y de las Direcciones Provinciales y Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.
    La prueba se rendirá en forma simultánea en todo el país.
    Aquellas personas que por algún motivo no puedan rendirla en dicha oportunidad no podrán participar del proceso durante el presente año, pudiendo volver a postular en el o los años siguientes.

b)  Portafolio Asignación de Excelencia Pedagógica (AEP): Instrumento de carácter personal, consistente en la presentación de un conjunto organizado de evidencias que el postulante deberá elaborar directamente a través de formatos definidos para dar cuenta de su desempeño profesional y del grado en que éste refleja los cuatro dominios de los estándares de desempeño docente para la obtención de la asignación de excelencia pedagógica.

    Las tareas que involucra la presentación del Portafolio implican que el docente postulante planifique, lleve a cabo actividades, prepare documentos, registros y reflexione de manera personal en torno a su quehacer profesional.

    Para el desarrollo de este instrumento el docente contará con un Manual para la elaboración del mismo, el que contendrá todas las instrucciones necesarias y formatos requeridos para el desarrollo individual del Portafolio.

    La evidencia requerida deberá organizarse de acuerdo a las normas de formato y presentación determinadas en el manual del Portafolio.

    El retiro del portafolio de la Asignación de Excelencia Pedagógica deberá realizarse en forma personal por el postulante en las sedes designadas para estos fines, las que serán informadas oportunamente a los postulantes a través de la página www.aep.mineduc.cl y de las Direcciones Provinciales y Secretarías Regionales Ministeriales de Educación
      El proceso de acreditación es una actividad individual y será responsabilidad de cada docente velar porque la información que entrega como evidencia de su desempeño profesional corresponda efectivamente a las actividades desarrolladas como parte de su función de docencia en el aula, y que cada uno de los productos que entregue haya sido efectivamente elaborado personal y exclusivamente por él.

    La entrega de información falsa, copiada, o que haya sido elaborada o manipulada por terceros, o bien facilitada a terceros para un uso distinto del establecido en el presente instrumento, determinará las responsabilidades que establezca esta Secretaría de Estado, además de exponerse a las sanciones que establece el artículo 72 letra b) del DFL Nº 1, de 1996, de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación y de las leyes que lo complementan y modifican.
Listado de sedes para retirar y presentar el Portafolio de Asignación de Excelencia Pedagógica:

    El listado de sedes para retirar y presentar el portafolio será publicado en la página web www.aep.mineduc.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución aprobatoria de las presentes bases de postulación y hasta el 31 de octubre de 2005. Una vez completado el Portafolio AEP, éste deberá ser entregado al momento de producirse el reconocimiento de salas en la sede donde se rendirá la Prueba AEP correspondiente. Las sedes respectivas serán informadas con la debida antelación (según calendarización establecida en el apartado Nº VIII de las presentes Bases).

    Sólo se evaluarán los Portafolios que sean entregados y recepcionados en forma íntegra y en los formatos requeridos. Cualquier otra versión del Portafolio será inmediatamente excluida de la corrección y los antecedentes que no hayan sido solicitados no se considerarán en la evaluación.

    La entrega completa de los portafolios, con sus materiales y documentos es de exclusiva responsabilidad del postulante y no serán devueltos a sus autores. Mecanismos de selección

    El puntaje final de cada postulante combinará el puntaje de la Prueba AEP (ponderado en un 30%) y del Portafolio AEP (ponderado en un 70%). El puntaje en el Portafolio, a su vez, combinará el obtenido en dos módulos del mismo. Sin perjuicio de las ponderaciones para ser acreditado, se exigirá que en cada uno de los instrumentos el postulante obtenga una puntuación superior al estándar mínimo definido en la escala de evaluación (que empleará un rango de 100 a 400 puntos). Los postulantes será ordenados en forma decreciente, de acuerdo a sus respectivos puntajes finales, asignándose los cupos a los mayores puntajes, en forma sucesiva, hasta completar los cupos disponibles en cada Región.

VII.-  Derechos y obligaciones de los postulantes que resulten acreditados

1.  Los derechos de los postulantes acreditados son los siguientes:

a)  Recibir el pago de la Asignación de Excelencia Pedagógica, durante los meses de junio y diciembre de cada año y por todo el período en que el docente se encuentre dentro del tramo del ejercicio profesional en que obtuvo acreditación.
b)  Recibir la certificación oficial de su condición de docente acreditado para estos efectos.
c)  Reconocimiento público por sus méritos
    profesionales y la opción de integrar una Red de Maestros de Maestros, a contar del año 2006.
2.  Las obligaciones de los postulantes acreditados como docentes con derecho a percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica, para el mantenimiento de este beneficio, son las siguientes:

a)  Tener un contrato o designación como docente de aula con un mínimo de treinta horas semanales en los establecimientos de educación parvularia o básica, o un mínimo de veinte horas semanales en educación media, tanto del sector municipal como del sector particular subvencionado, o en establecimientos de educación técnico-profesional regidos por el D.L. Nº 3.166, de 1980, durante la vigencia de la acreditación.
b)  Mantenerse en el tramo en el cual acreditó la condición de excelencia. No obstante, los docentes que completen un tramo, mantendrán su derecho a percibir la asignación correspondiente al tramo reconocido, hasta el último mes del año calendario de que se trate.
c)  Lograr un nivel de desempeño adecuado a la condición de excelencia en la o las evaluaciones de desempeño profesional a que se haya sometido, conforme a las normas pertinentes.
d)  Mantener el ejercicio de la docencia en la Región en que obtuvo la asignación de excelencia pedagógica, salvo autorización expresa de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación, la cual resolverá atendiendo a razones fundadas y ponderadas por la Dirección Provincial en que se ubique el o los establecimientos en que presta servicio el profesional.
e)  No haber sido objeto de la aplicación de sanciones administrativas que sean resultado de un sumario ejecutoriado instruido en su contra, ni haber dado lugar a la terminación de cualquiera de sus contratos de trabajo conforme a las normas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Educación, de 1996, Estatuto de los Profesionales de la Educación.

    En caso de producirse el incumplimiento de uno o más de los requisitos señalados precedentemente, el docente sólo tendrá derecho a percibir el pago proporcional de la asignación de excelencia pedagógica hasta la fecha en que dejó de cumplir el o los respectivos requisitos.

    Se encuentra expresamente prohibido para los docentes que hayan obtenido la Asignación de Excelencia Pedagógica o se encuentren en proceso de obtenerla, el participar de toda instancia de asesoría o tutoría para la elaboración de portafolios y, en general, asesorar a otros docentes para obtenerla, so pena de perder la Asignación de Excelencia Pedagógica, o bien quedar excluido de manera inmediata del proceso de acreditación, previa investigación que para el efecto desarrolle el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas.

    Producida la pérdida de la acreditación, como asimismo cualquiera de los requisitos para mantenerla, se resolverá por la autoridad máxima del CPEIP, mediante el acto administrativo correspondiente que dejará sin efecto la acreditación otorgada, previa investigación especial en que deberá ser oído el o la afectado/a.

VIII.-  Calendarización del proceso de postulación a la acreditación para percepción de la asignación de excelencia pedagógica año 2005.

1 de abril al 31 de mayo  Período de
                          Inscripción al Programa AEP
                          2005

                          Período de retiro del
                          Portafolio, Manual y
                          Materiales de trabajo,
                          necesarios para desarrollar
                          el Portafolio AEP 2005, en
                          la Sede más cercana a su
                          domicilio particular o al de
                          su lugar de trabajo.
23 al 25 de junio
                          Horario: de 9:00 a 18:00
                          horas. El postulante debe
                          retirar el Portafolio
                          personalmente, presentando
                          su Cédula de Identidad.

                          Entrega de Portafolio AEP
                          2005 completo, en las Sedes
                          donde retiró su material de
                          Portafolio.
28, 29 y 31 de octubre
                          Horario: de 9:00 a 18:00
                          hrs. El postulante debe
                          realizar este proceso
                          personalmente.
29 de octubre              Reconocimiento de sala, en
                          Sede para rendir la Prueba
                          escrita, publicadas a partir
                          del mes de octubre.
                          Horario: de 9:00 a 18:00
                          hrs.

                          Rendición de Prueba escrita
                          2005, en Sede dispuesta para
                          estos fines.
12 de noviembre
                          Horario: 10:00 a 14:00 hrs.
                          Entrega de Resultados del
                          Programa AEP 2005, en forma
                          individual por correo
                          certifi-
Marzo 2006                cado y acreditación de
                          aquellos docentes que
                          obtienen la Asignación de
                          Excelencia Pedagógica.


    Artículo 2º: El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas estará a cargo de difundir todos los antecedentes que estime necesarios y pertinentes para un adecuado conocimiento del contenido de las presentes Bases por parte de los interesados, sin perjuicio de otras informaciones e instrucciones adicionales que se estimen necesarias para un óptimo entendimiento del proceso de postulación a la acreditación para la percepción de la Asignación de Excelencia Pedagógica 2005.
    En especial, se utilizará como medio de difusión, comunicación e inscripción en el proceso antedicho la página web del Ministerio de Educación, que contará con un vínculo directo a la página www.aep.mineduc.cl.
    Artículo 3º: Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo precedente, se pondrá a disposición de los postulantes la misma información e instrucciones contenidas en la mencionada página web en todos los Departamentos Provinciales y Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.


    Artículo 4º: Toda controversia o precisiones que sea necesarias para el normal y adecuado desarrollo del proceso de acreditación 2005, así como la resolución de las materias no consideradas en el presente acto, serán resueltas por el Jefe del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas.
    Anótese y publíquese.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Pedro Montt Leiva, Subsecretario de Educación.