Lei núm. 3,358, que declara feriado el dia 5 de Abril de 1918.
    Lei núm. 3,358.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Se declara feriado el dia 5 de Abril de 1918.
    La presente lei rejirá desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a tres de Abril de mil novecientos dieciocho.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Domingo Amunátegui.