MODIFICA DECRETO Nº 336, DE 2003
Santiago, 3 de mayo de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 505.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto de Justicia Nº 336, de 8 de mayo de 2003, en el artículo 32 Nº 12 de la Constitución Política de la República y en los artículos 14, 15, 18, 19 y 21 inciso primero de la ley Nº 18.175,
Considerando:
Que mediante decreto de Justicia Nº 336, de 8 de mayo de 2003, tomado razón por la Contraloría General de la República el 18 de junio del mismo año y publicado en el Diario Oficial de 3 de julio de 2003, se nombró a don Eric Pablo Chait Ahumada como Síndico Privado de Quiebras, para desempeñarse en las regiones Metropolitana, Tercera, Cuarta, Quinta y Novena.
Que a través de presentación de 6 de abril del año en curso, el síndico anteriormente individualizado, requiere extender el ejercicio de sus funciones a la Primera Región.
Que en virtud del oficio ordinario Nº 621, de 2 de mayo de 2005, el Sr. Superintendente de Quiebras informa favorablemente la solicitud del interesado, señalando que ésta se encuentra ajustada a derecho.
Decreto:
Modifícase el párrafo primero del decreto de Justicia Nº 336, de 8 de mayo de 2003, en el sentido de dejar establecido que don Eric Pablo Chait Ahumada (RUN Nº 4.646.093-6), Síndico Privado de Quiebras, ejercerá sus funciones en las regiones Metropolitana, Primera, Tercera, Cuarta, Quinta y Novena.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.