Lei núm. 3.381, que aumenta la dotacion de la policía de Rancagua; fija una gratificacion a su personal, i concede fondos para gastos del servicio.
Lei núm. 3,381.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo 1.° Auméntase la dotación de la policía de Rancagua con el siguiente personal, que gozará de los sueldos que a continuacion se indican:
2 Sub-inspectores, cada uno con______________$ 2,721.60
1 Guardian primero, con______________________ 1,656.00
2 Guardianes segundos, cada uno con__________ 1,440.00
12 Guardianes terceros, cada uno con_________ 1,296.00
1 Escribiente, con___________________________ 1,680.00
Art. 2.° Se aumenta en 10 el número de plazas de guardianes montados de dicha policía, los cuales gozarán de una gratificación de $ 300 anuales cada uno.
Art. 3.° Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad de $ 3,650 en el vestuario i equipo de la nueva dotacion.
Art. 4.° Se autoriza, igualmente, la inversion hasta la suma de $ 10,000 en ensanche, reparaciones i aumento del mueblaje del cuartel de policía de Rancagua.
Art. 5.° Los guardianes terceros de la policía de dicha ciudad de Rancagua gozarán de una gratificación de $ 300 anuales cada uno.
El prefecto i demas personas de la misma policía gozarán de una gratificacion de un 20% de su sueldo respectivo.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintidos de Mayo de mil novecientos dieciocho.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Arturo Alessandri.